Modelo 600: Cómo Presentarlo en 2024

10 min de lectura

Descubre cuándo debes presentar el Modelo 600, cómo calcular el impuesto, qué documentación necesita y los canales disponibles para liquidar el ITP y AJD en tu comunidad autónoma.

El Modelo 600 es la autoliquidación fundamental para los impuestos de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD). Cada comunidad autónoma regula tipos y bonificaciones, pero el formulario estatal es común. Saber qué casillas completar y dónde presentarlo evita recargos y requerimientos posteriores.

A continuación encontrarás una guía completa y actualizada con los supuestos más habituales, documentación imprescindible y un paso a paso para la presentación telemática o presencial.

¿Qué operaciones tributan con el Modelo 600?

Compra de Viviendas y Garajes

Transmisiones de inmuebles entre particulares están sujetas al ITP y se liquidan con el Modelo 600.

Préstamos y Reconocimientos de Deuda

Los préstamos entre particulares y algunas ampliaciones de capital se declaran mediante este formulario.

Constitución de Sociedades y Fianzas

Determinados actos societarios tributan por Actos Jurídicos Documentados (AJD).

Documentos Notariales y Mercantiles

Escrituras, actas y testimonios con cuota fija o variable requieren autoliquidación con el Modelo 600.

Pasos para cumplimentarlo correctamente

Paso 1

Preparar la documentación

Reúne escrituras, contratos, DNI/NIE, justificante de pago, referencias catastrales y calculadora de impuestos según tu comunidad autónoma.

Paso 2

Rellenar el formulario

Completa los datos del sujeto pasivo, transmitente, descripción del bien o acto y la base imponible. Revisa los tipos aplicables (ITP, AJD o combinados).

Paso 3

Pagar el impuesto

Realiza el ingreso en una entidad colaboradora o genera el NRC correspondiente. El justificante de pago debe adjuntarse al Modelo 600.

Paso 4

Presentar el Modelo

Entrega telemática (plataforma de la comunidad autónoma) o presencial en oficinas de Hacienda autonómica o registro habilitado, aportando toda la documentación.

Documentación necesaria

Asegúrate de disponer de todos los documentos antes de iniciar la autoliquidación para evitar desplazamientos adicionales:

  • Modelo 600 cumplimentado y firmado.
  • DNI/NIE del sujeto pasivo y transmitente (original y copia).
  • Escritura pública o contrato privado que origine el hecho imponible.
  • Justificante de pago o NRC.
  • Autoliquidación complementaria si procede (por ejemplo, por errores previos).
  • Referencia catastral del inmueble (si aplica).

Presentación telemática vs presencial

Telemática

  • • Acceso con certificado digital, DNIe o Cl@ve.
  • • Plataforma tributaria de tu comunidad (ej. Madrid, Cataluña, Andalucía...).
  • • Permite adjuntar documentación escaneada y pagar online.
  • • Obtienes justificante inmediato con CSV.

Presencial

  • • Registro de Hacienda autonómica o oficinas liquidadoras.
  • • Presenta original y copia de toda la documentación.
  • • Necesitarás justificante bancario del pago.
  • • El resguardo se sella y entrega al momento.

Consejos prácticos

Plazos estrictos

El plazo general es de 30 días hábiles desde la firma de la escritura o contrato. No apures: las sanciones se aplican rápidamente.

Cálculo autonómico

Cada comunidad fija tipos y bonificaciones. Consulta simuladores autonómicos para evitar liquidaciones incorrectas.

Consérvalo todo

Guarda justificantes, resguardos telemáticos y copias compulsadas durante al menos 4 años ante posibles comprobaciones.

Errores habituales

Olvidar identificar al sujeto pasivo correcto o no incluir anexos (por ejemplo, planos o licencias) genera requerimientos.

Preguntas frecuentes

¿Quién debe presentar el Modelo 600?
El sujeto pasivo del impuesto. En la mayoría de compraventas de segunda mano es el comprador; en préstamos, el prestatario; y en AJD normalmente quien solicite la escritura o documento notarial.
¿Qué ocurre si presento el Modelo 600 fuera de plazo?
Se aplicarán recargos por presentación extemporánea y posibles intereses de demora. Si aún no has sido requerido, puedes acogerte a la regularización voluntaria con recargo reducido.
¿Es necesario presentar el Modelo 600 si el acto está exento?
Sí. La mayoría de exenciones requieren autoliquidación a cero para dejar constancia. Adjunta la documentación que justifique la exención (por ejemplo, compra de VPO o discapacidad).
¿Puedo solicitar devolución si me equivoqué en la autoliquidación?
Sí. Debes presentar una solicitud de rectificación ante la comunidad autónoma aportando la autoliquidación original, el justificante de pago y la documentación que acredite el error en la base o tipo aplicado.

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