Los seis tipos de pensión, y cuál es la tuya
El sistema español tiene dos circuitos. Las pensiones contributivas se pagan con lo que has cotizado: jubilación, viudedad, orfandad, incapacidad y la pensión a favor de familiares. Las no contributivas son una red de seguridad asistencial, financiada por los Presupuestos Generales y gestionada por las comunidades autónomas. Lo común: ambas las tramitas en el INSS. Lo distinto: la contributiva mira tus 25 últimos años cotizados; la no contributiva mira tus rentas actuales.
Jubilación: la principal del sistema
Necesitas 15 años cotizados como mínimo, con dos de ellos dentro de los 15 anteriores a la jubilación. Para cobrar el 100 % de la base reguladora, 38 años y 3 meses. Si llegas a esa cifra, te jubilas a los 65; si te quedas corto, esperas hasta los 66 años y 10 meses. Existen otras puertas —anticipada, parcial, demorada y activa— pero todas pasan por el mismo cálculo: cuántos años cotizaste y qué base media tuviste en los últimos 25.
Viudedad: el 60 % de lo que cobraba tu cónyuge
Para cónyuges supervivientes y parejas de hecho registradas con dos años de convivencia mínimos. Cobras el 60 % de la base reguladora del fallecido —el 70 % si tienes cargas familiares y rentas bajas—. La cobras a la vez que trabajas y que cualquier otra pensión, sin penalización.
Orfandad: el 20 % por cada hijo
La cobran los hijos hasta los 21 años, o hasta los 25 si están estudiando o no superan unos ingresos mínimos. Es el 20 % de la base reguladora del progenitor fallecido, por cada hijo. Si fallecen los dos progenitores, sube al 70 % (orfandad absoluta) y se reparte entre los huérfanos.
Incapacidad permanente: cuatro grados, cuatro cuantías
Parcial: una indemnización única, no es pensión vitalicia. Total: 55 % de la base reguladora —el 75 % desde los 55 años si no consigues otro empleo—. Absoluta: 100 % de la base reguladora. Gran invalidez: 100 % más un complemento para pagar a quien te asista en lo básico del día a día. El grado lo fija el tribunal médico del INSS.
No contributiva: la red para quien no cotizó lo suficiente
628,80 €/mes en 14 pagas. Dos modalidades: PNC de jubilación a partir de los 65 años, o PNC de invalidez para personas con discapacidad ≥ 65 % entre 18 y 64 años. Hay que residir legalmente en España: 10 años para jubilación, 5 años para invalidez. No hace falta haber cotizado un solo día.
Cuantías 2026 de un vistazo
| Pensión | Cuantía mensual | Cuantía anual |
|---|---|---|
| Tope máximo contributiva | 3.359,60 € | 47.034,40 € |
| Mínima jubilación (con cónyuge a cargo) | 1.256,60 € | 17.592,40 € |
| Mínima jubilación (sin cónyuge) | 936,20 € | 13.106,80 € |
| No contributiva (jubilación / invalidez) | 628,80 € | 8.803,20 € |
| Viudedad mínima (con cargas) | 1.256,60 € | 17.592,40 € |
| Orfandad mínima por hijo | 286,50 € | 4.011,00 € |
Solicitarla sin gaps con el último sueldo
Una pensión bien pedida llega el mes siguiente al último cobro. Una mal pedida abre un agujero de varios meses sin ingreso. Los cuatro pasos:
- Pídela tres meses antes de cumplir el requisito (edad de jubilación, fecha de defunción del cónyuge, alta de la incapacidad). Ese margen es el que necesita el INSS para resolver sin que se te corte la nómina.
- Reúne la documentación: DNI, vida laboral completa, última declaración de la renta y certificado bancario IBAN. Para viudedad y orfandad, suma el certificado de defunción, el libro de familia y la sentencia o convenio regulador si aplica.
- Presenta la solicitud por la Sede Electrónica de la Seguridad Social con Cl@ve PIN, certificado digital o DNIe. Si no tienes credenciales digitales, pide cita en una oficina del INSS.
- Plazos de resolución: 90 días para jubilación y viudedad, 135 días para incapacidad. Si pasa el plazo sin respuesta, cuenta como denegación por silencio administrativo y puedes presentar reclamación previa en 30 días hábiles antes de ir a la vía judicial.
Preguntas frecuentes
65 años con 38 años y 3 meses cotizados, o 66 años y 10 meses si has cotizado menos. Esta es la escala vigente en 2026 según la reforma de pensiones de 2011, que se completa en 2027 con la edad de 67 años para quienes no lleguen a 38 años y 6 meses cotizados.
