Pensión de Orfandad
Guía completa sobre la pensión de orfandad: requisitos, cuantía, cómo solicitarla para menores huérfanos de padre o madre.
La pensión de orfandad es una prestación económica destinada a menores que han perdido a uno o ambos progenitores. Esta pensión tiene como objetivo proporcionar una protección económica a los hijos huérfanos.
La cuantía de la pensión de orfandad es generalmente el 20% de la base reguladora que correspondería al progenitor fallecido, aunque puede variar según las circunstancias.
Cuantía de la Pensión
- • Porcentaje base: 20% de la base reguladora por cada hijo
- • Orfandad total: 52% de la base reguladora (si ambos progenitores fallecieron)
- • Límite: No puede superar el 100% de la base reguladora
- • Pago: 14 pagas anuales
Requisitos para Tener Derecho
- Ser menor de 21 años, o hasta 25 años si se encuentra cursando estudios
- Tener reconocida una discapacidad igual o superior al 65% (sin límite de edad)
- Haber perdido a uno o ambos progenitores (orfandad total o parcial)
- El progenitor fallecido debe haber cotizado a la Seguridad Social
- No tener ingresos superiores al límite establecido
Cómo Solicitar la Pensión de Orfandad
Verificar los Requisitos
Comprueba si cumples los requisitos para acceder a la pensión de orfandad.
- Ser menor de 21 años (o 25 si estudia) o tener discapacidad
- Haber perdido a uno o ambos progenitores
- El fallecido debe haber cotizado a la Seguridad Social
- No tener ingresos superiores al límite establecido
Preparar la Documentación
Reúne todos los documentos necesarios.
- DNI o certificado de nacimiento del menor
- Certificado de defunción del progenitor
- Libro de familia
- Documentación del fallecido (DNI, vida laboral)
- Justificante de estudios (si aplica)
- IBAN para el cobro
Presentar la Solicitud
Solicita la pensión de orfandad.
- Online: A través de la sede electrónica de la Seguridad Social
- Presencial: En el INSS con cita previa
- Plazo: 90 días desde el fallecimiento
- Puede presentarla el tutor legal o representante
Esperar la Resolución
El INSS revisará la solicitud y notificará la resolución.
- Plazo de resolución: Aproximadamente 90 días
- Recibirás la notificación por correo postal o electrónico
- Puedes consultar el estado en la sede electrónica
- Si es aprobada, comenzará a cobrarse retroactivamente
Casos Especiales
- • Estudios: Se puede mantener hasta los 25 años si cursa estudios
- • Discapacidad: Sin límite de edad si tiene discapacidad ≥65%
- • Orfandad total: Mayor cuantía si ambos progenitores fallecieron
- • Varios hijos: Cada hijo tiene derecho a su pensión de orfandad
Consejos Importantes
Consejos Útiles
- • Plazo: Solicita dentro de los 90 días
- • Documentación: Reúne todos los documentos necesarios
- • Estudios: Mantén la documentación de estudios actualizada
- • Tutor: El tutor legal puede presentar la solicitud
Atención
- • Límite de edad: Generalmente hasta los 21 años
- • Estudios: Se puede mantener hasta los 25 años
- • Dudas: Llama al INSS al 901 50 20 50
Información de Contacto
Si tienes dudas sobre la pensión de orfandad:
- • Teléfono INSS: 901 50 20 50
- • Web oficial: sede.seg-social.gob.es
- • Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 19:00
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