Pensión de Orfandad

12 min de lectura
20% base reguladora

Guía completa sobre la pensión de orfandad: requisitos, cuantía, cómo solicitarla para menores huérfanos de padre o madre.

La pensión de orfandad es una prestación económica destinada a menores que han perdido a uno o ambos progenitores. Esta pensión tiene como objetivo proporcionar una protección económica a los hijos huérfanos.

La cuantía de la pensión de orfandad es generalmente el 20% de la base reguladora que correspondería al progenitor fallecido, aunque puede variar según las circunstancias.

Cuantía de la Pensión

  • Porcentaje base: 20% de la base reguladora por cada hijo
  • Orfandad total: 52% de la base reguladora (si ambos progenitores fallecieron)
  • Límite: No puede superar el 100% de la base reguladora
  • Pago: 14 pagas anuales

Requisitos para Tener Derecho

  • Ser menor de 21 años, o hasta 25 años si se encuentra cursando estudios
  • Tener reconocida una discapacidad igual o superior al 65% (sin límite de edad)
  • Haber perdido a uno o ambos progenitores (orfandad total o parcial)
  • El progenitor fallecido debe haber cotizado a la Seguridad Social
  • No tener ingresos superiores al límite establecido

Cómo Solicitar la Pensión de Orfandad

Paso 1

Verificar los Requisitos

Comprueba si cumples los requisitos para acceder a la pensión de orfandad.

  • Ser menor de 21 años (o 25 si estudia) o tener discapacidad
  • Haber perdido a uno o ambos progenitores
  • El fallecido debe haber cotizado a la Seguridad Social
  • No tener ingresos superiores al límite establecido
Paso 2

Preparar la Documentación

Reúne todos los documentos necesarios.

  • DNI o certificado de nacimiento del menor
  • Certificado de defunción del progenitor
  • Libro de familia
  • Documentación del fallecido (DNI, vida laboral)
  • Justificante de estudios (si aplica)
  • IBAN para el cobro
Paso 3

Presentar la Solicitud

Solicita la pensión de orfandad.

  • Online: A través de la sede electrónica de la Seguridad Social
  • Presencial: En el INSS con cita previa
  • Plazo: 90 días desde el fallecimiento
  • Puede presentarla el tutor legal o representante
Paso 4

Esperar la Resolución

El INSS revisará la solicitud y notificará la resolución.

  • Plazo de resolución: Aproximadamente 90 días
  • Recibirás la notificación por correo postal o electrónico
  • Puedes consultar el estado en la sede electrónica
  • Si es aprobada, comenzará a cobrarse retroactivamente

Casos Especiales

  • Estudios: Se puede mantener hasta los 25 años si cursa estudios
  • Discapacidad: Sin límite de edad si tiene discapacidad ≥65%
  • Orfandad total: Mayor cuantía si ambos progenitores fallecieron
  • Varios hijos: Cada hijo tiene derecho a su pensión de orfandad

Consejos Importantes

Consejos Útiles

  • Plazo: Solicita dentro de los 90 días
  • Documentación: Reúne todos los documentos necesarios
  • Estudios: Mantén la documentación de estudios actualizada
  • Tutor: El tutor legal puede presentar la solicitud

Atención

  • Límite de edad: Generalmente hasta los 21 años
  • Estudios: Se puede mantener hasta los 25 años
  • Dudas: Llama al INSS al 901 50 20 50

Información de Contacto

Si tienes dudas sobre la pensión de orfandad:

  • Teléfono INSS: 901 50 20 50
  • Web oficial: sede.seg-social.gob.es
  • Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 19:00

¿Necesitas más información?

Consulta otros tipos de pensiones o explora nuestras guías