Foto editorial de un hombre revisando un documento sobre la prestación por desempleo en su mesa de cocina
Actualizado · 2026
Prestación

Prestación por Desempleo

Guía completa sobre la prestación por desempleo: requisitos de cotización, cuantía según tu base reguladora, duración máxima de hasta 24 meses, cómo solicitarla y todo lo que debes saber para cobrar el paro en España.

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Guía completa sobre la prestación por desempleo: requisitos de cotización, cuantía según tu base reguladora, duración máxima de hasta 24 meses, cómo solicitarla y todo lo que debes saber para cobrar el paro en España.

La prestación por desempleo, conocida popularmente como "el paro", es la principal ayuda económica que ofrece el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) a las personas trabajadoras que han perdido su empleo de forma involuntaria. Regulada por el Real Decreto Legislativo 8/2015 (Ley General de la Seguridad Social) y la Ley de Empleo 3/2023, esta prestación constituye uno de los pilares fundamentales del sistema de protección social en España.

En España, según los últimos datos del SEPE, más de 1,8 millones de personas se encuentran percibiendo algún tipo de prestación por desempleo. La tasa de cobertura de la prestación ronda el 56% de los desempleados registrados, lo que la convierte en un instrumento crucial para la estabilidad económica de millones de familias españolas. Sin embargo, muchos trabajadores desconocen exactamente cómo funciona, qué requisitos deben cumplir o cuánto tiempo tienen para solicitarla.

En esta guía exhaustiva te explicamos, con datos actualizados a 2026, todo lo que necesitas saber sobre la prestación contributiva por desempleo: desde los requisitos de cotización y la cuantía que te corresponde según tu base reguladora, hasta el proceso paso a paso para solicitarla, los plazos que debes respetar y las situaciones especiales que pueden afectar a tu derecho.

¿Qué es exactamente la prestación por desempleo?

La prestación contributiva por desempleo es una ayuda económica de carácter temporal que sustituye parcialmente los ingresos salariales que deja de percibir el trabajador tras la pérdida involuntaria de su empleo. Se denomina "contributiva" porque su acceso y cuantía dependen directamente de las cotizaciones que el trabajador haya realizado a la Seguridad Social durante su vida laboral.

A diferencia del subsidio por desempleo (que es una ayuda asistencial con cuantía fija), la prestación contributiva se calcula en función de lo que el trabajador haya cotizado: a mayor base de cotización, mayor será la cuantía mensual que reciba. Esto significa que el paro no es una cantidad fija, sino que varía de una persona a otra.

Marco legal: La prestación por desempleo se regula en el Título III de la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre) y se gestiona a través del SEPE, organismo autónomo adscrito al Ministerio de Trabajo y Economía Social.

Requisitos para Tener Derecho al Paro

Para acceder a la prestación contributiva por desempleo, debes cumplir todos los siguientes requisitos simultáneamente. La falta de cualquiera de ellos impedirá el acceso a la prestación, aunque podrías tener derecho a un subsidio por desempleo como alternativa.

  • Haber cotizado al menos 360 días por desempleo en los últimos 6 años
  • Estar en situación legal de desempleo (cese involuntario del trabajo)
  • Estar inscrito como demandante de empleo en el SEPE
  • No haber cumplido la edad ordinaria de jubilación
  • No realizar actividad por cuenta propia o ajena a jornada completa
  • Suscribir el compromiso de actividad (búsqueda activa de empleo)

¿Qué se considera "situación legal de desempleo"?

No todas las formas de perder el empleo dan derecho al paro. La normativa exige que el cese sea involuntario. Se consideran situaciones legales de desempleo las siguientes:

✅ SÍ dan derecho al paro

  • • Despido disciplinario (aunque sea procedente)
  • • Despido objetivo (causas económicas, organizativas)
  • • Finalización de contrato temporal
  • • Despido colectivo (ERE)
  • • Muerte, jubilación o incapacidad del empresario
  • • Resolución voluntaria por causas justas (impago, acoso)
  • • Cese durante período de prueba (a iniciativa de la empresa)
  • • Reducción de jornada entre un 10% y un 70%

❌ NO dan derecho al paro

  • • Baja voluntaria o dimisión del trabajador
  • • Abandono del puesto de trabajo
  • • Cese durante periodo de prueba a iniciativa del trabajador
  • • Excedencia voluntaria
  • • No superar un proceso de selección

Cuantía y Duración del Paro en 2026

Cuantía (2026)

  • Primeros 6 meses: 70% de la base reguladora
  • A partir del 7º mes: 60% de la base reguladora
  • Topes máximos mensuales:
    • • Sin hijos: 1.225,80€/mes
    • • Con 1 hijo: 1.400,00€/mes
    • • Con 2 o más hijos: 1.575,00€/mes
  • Topes mínimos mensuales:
    • • Sin hijos: 560,16€/mes
    • • Con hijos a cargo: 749,00€/mes

Duración

  • Mínimo: 4 meses (con 360 días cotizados)
  • Máximo: 24 meses (con 2.160+ días cotizados)
  • Cálculo: Por cada 360 días cotizados = 4 meses de prestación
  • Importante: Solo cuentan cotizaciones no utilizadas en prestaciones anteriores

Tabla de duración según días cotizados

Período de cotizaciónDuración de la prestación
De 360 a 539 días4 meses (120 días)
De 540 a 719 días6 meses (180 días)
De 720 a 899 días8 meses (240 días)
De 900 a 1.079 días10 meses (300 días)
De 1.080 a 1.259 días12 meses (360 días)
De 1.260 a 1.439 días14 meses (420 días)
De 1.440 a 1.619 días16 meses (480 días)
De 1.620 a 1.799 días18 meses (540 días)
De 1.800 a 1.979 días20 meses (600 días)
De 1.980 a 2.159 días22 meses (660 días)
Desde 2.160 días24 meses (720 días)

Fuente: Artículo 269 de la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015).

Cómo Solicitar la Prestación por Desempleo Paso a Paso

A continuación te detallamos cada uno de los pasos que debes seguir para solicitar tu prestación contributiva por desempleo. Es importante que respetes los plazos indicados para no perder días de cobro.

Paso 1

Cumplir los Requisitos de Cotización

Para tener derecho a la prestación por desempleo, debes haber cotizado un mínimo de tiempo al Régimen General de la Seguridad Social por la contingencia de desempleo.

El período mínimo de cotización exigido es de 360 días dentro de los últimos 6 años inmediatamente anteriores a la situación legal de desempleo. Estos 360 días no tienen que ser consecutivos: se suman todos los períodos en los que hayas estado dado de alta y cotizando. Además, solo cuentan las cotizaciones que no se hayan utilizado previamente para otra prestación.

  • Haber cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años anteriores al cese
  • Los días de cotización de contratos a tiempo parcial se computan de forma proporcional
  • Las cotizaciones utilizadas en prestaciones anteriores no cuentan de nuevo
  • Estar en situación legal de desempleo (cese involuntario, fin de contrato, despido, ERE, etc.)
Paso 2

Inscribirse como Demandante de Empleo

Es obligatorio inscribirte como demandante de empleo en el SEPE antes de poder solicitar la prestación. Este trámite se puede hacer online o presencialmente.

La inscripción como demandante de empleo es un requisito imprescindible y previo a la solicitud de la prestación. Puedes inscribirte a través de la sede electrónica del SEPE (sede.sepe.gob.es) utilizando certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN. Si no dispones de identificación digital, puedes hacerlo presencialmente en tu oficina de empleo con cita previa.

  • Inscríbete en el SEPE en un plazo máximo de 15 días hábiles desde el cese
  • Puedes hacerlo online en sede.sepe.gob.es con certificado digital o Cl@ve
  • O presencialmente en la oficina del SEPE con cita previa
  • Necesitarás tu DNI/NIE y el certificado de empresa
Paso 3

Preparar la Documentación Necesaria

Antes de presentar la solicitud, reúne toda la documentación necesaria. Tenerla preparada agilizará el proceso y evitará retrasos en la resolución.

El certificado de empresa es un documento que tu empleador está obligado a entregarte en un plazo máximo de 10 días desde la finalización de la relación laboral. Si no lo recibes, puedes reclamarlo directamente al SEPE, que contactará a la empresa. También puedes sustituirlo temporalmente por tu informe de vida laboral, descargable desde la web de la Seguridad Social.

  • DNI o NIE en vigor (original y copia)
  • Certificado de empresa (modelo oficial emitido por el empleador)
  • Informe de vida laboral actualizado (descargable en sede.seg-social.gob.es)
  • Justificante de inscripción como demandante de empleo
  • IBAN de la cuenta bancaria donde deseas recibir el cobro
  • Último contrato de trabajo y carta de despido o finiquito
Paso 4

Presentar la Solicitud de Prestación

Puedes solicitar la prestación contributiva de forma online a través de la sede electrónica del SEPE o presencialmente con cita previa en tu oficina de empleo.

La solicitud online es el método más rápido y recomendado. Accede a sede.sepe.gob.es, selecciona 'Prestaciones' y luego 'Solicitud de prestación contributiva'. El formulario pre-rellenará tus datos si accedes con certificado digital. Recuerda que tienes un plazo máximo de 15 días hábiles desde el cese para solicitar la prestación sin perder días de cobro.

  • Online: A través de la sede electrónica del SEPE (método recomendado, disponible 24/7)
  • Presencial: En la oficina del SEPE con cita previa (teléfono 901 11 99 99)
  • Plazo: Máximo 15 días hábiles desde el cese de actividad laboral
  • Si pasas el plazo, no pierdes el derecho pero sí los días transcurridos desde el cese
Paso 5

Esperar la Resolución del SEPE

Una vez presentada la solicitud, el SEPE la revisará y te comunicará la resolución indicando si se aprueba o deniega la prestación.

El SEPE tiene un plazo legal de 15 días para resolver tu solicitud, aunque en la práctica puede tardar hasta 30 días en épocas de alta demanda. Puedes consultar el estado de tu expediente en la sede electrónica del SEPE en cualquier momento. Si la documentación está incompleta, recibirás un requerimiento para subsanar y tendrás 10 días para aportar lo que falte.

  • Plazo de resolución: 15 días legales, en la práctica hasta 30 días
  • Recibirás la notificación por correo postal o en tu buzón electrónico de la sede
  • Puedes consultar el estado de tu solicitud en sede.sepe.gob.es con tu certificado digital
  • Si falta documentación, te darán 10 días hábiles para aportarla
Paso 6

Cobrar la Prestación Mensualmente

Una vez aprobada, la prestación se abona mensualmente en la cuenta bancaria que hayas indicado en la solicitud.

El primer pago puede tardar algo más de lo habitual porque el SEPE necesita procesar tu alta en el sistema. A partir del segundo mes, el cobro se normaliza. Es fundamental que mantengas renovada tu demanda de empleo: si no la renuevas en la fecha indicada, el SEPE suspenderá automáticamente el pago de la prestación hasta que regularices tu situación.

  • El pago se realiza mensualmente, normalmente entre los días 10 y 15 de cada mes
  • El primer pago puede demorarse entre 1 y 2 meses tras la aprobación
  • Debes mantenerte inscrito y renovar la demanda de empleo periódicamente
  • Puedes consultar tus pagos en la sede electrónica del SEPE

Casos Prácticos: ¿Cuánto cobrarías de paro?

Para que entiendas mejor cómo se calcula la prestación, te mostramos tres ejemplos reales con diferentes situaciones laborales:

Caso 1: Trabajador con contrato indefinido despedido

María, de 35 años, ha trabajado 3 años (1.095 días cotizados) en una empresa con un salario bruto de 1.800€/mes. Su empresa la despide por causas objetivas.

Cálculo: Con 1.095 días cotizados le corresponden 12 meses de prestación. Su base reguladora es 1.800€. Los 6 primeros meses cobrará el 70% = 1.260€/mes. Del mes 7 al 12 cobrará el 60% = 1.080€/mes.

💰 Total: 6 meses a 1.260€ + 6 meses a 1.080€ = 14.040€

Caso 2: Trabajadora con contrato temporal finalizado

Carlos, de 28 años, ha encadenado varios contratos temporales que suman 540 días cotizados en los últimos 6 años. Su último contrato ha finalizado y su base de cotización media era de 1.200€/mes.

Cálculo: Con 540 días cotizados le corresponden 6 meses de prestación. Los primeros 6 meses cobrará el 70% de 1.200€ = 840€/mes.

💰 Total: 6 meses a 840€ = 5.040€

Caso 3: Trabajador con cotización máxima

Antonio, de 55 años, ha trabajado durante 25 años sin interrupción. Tiene más de 2.160 días cotizados y una base reguladora de 3.500€/mes. Ha sido despedido en un ERE.

Cálculo: Con más de 2.160 días cotizados le corresponden 24 meses (el máximo). Aunque el 70% de 3.500€ sería 2.450€, existe un tope máximo: 1.575€/mes con 2 hijos a cargo (2026). A partir del mes 7, el 60% de 3.500€ = 2.100€, pero se aplica igualmente el tope correspondiente.

💰 Total máximo: 24 meses con los topes legales aplicados según cargas familiares

Preguntas Frecuentes sobre el Paro

Respondemos a las dudas más habituales que tienen los trabajadores sobre la prestación por desempleo:

¿Puedo cobrar el paro si me despiden estando en periodo de prueba?

Sí, siempre que hayas cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años. El cese durante el periodo de prueba se considera situación legal de desempleo, ya que no es una baja voluntaria. Tendrás que solicitar tu certificado de empresa al empleador y seguir el procedimiento habitual de solicitud.

¿Qué pasa si encuentro trabajo mientras estoy cobrando el paro?

Si encuentras un empleo, debes comunicarlo al SEPE inmediatamente (antes de incorporarte al nuevo trabajo). Tu prestación se suspenderá durante el tiempo que estés trabajando. Si el nuevo contrato finaliza, podrás reanudar el cobro del paro por el tiempo restante que te quedara, o solicitar una nueva prestación si has generado nuevos derechos con las cotizaciones del nuevo empleo.

¿Puedo cobrar el paro y trabajar a tiempo parcial al mismo tiempo?

Sí, es posible compatibilizar la prestación por desempleo con un trabajo a tiempo parcial. En este caso, se descontará de tu prestación la parte proporcional al tiempo trabajado. Debes comunicar al SEPE la nueva situación laboral. Otra opción es solicitar la compatibilización, mediante la cual sigues cobrando el 100% del paro pero se te va descontando duración proporcionalmente.

¿Cuánto tarda en llegar el primer pago del paro?

El primer pago suele tardar entre 1 y 2 meses desde la fecha de solicitud. Esto se debe a que el SEPE necesita procesar y aprobar tu expediente antes de ordenar el primer abono. A partir del segundo mes, el pago se normaliza y se recibe habitualmente entre los días 10 y 15 de cada mes. Si han pasado más de 2 meses y no has recibido nada, contacta con el SEPE al 900 81 24 00.

¿Puedo cobrar el paro si he dejado el trabajo voluntariamente?

En principio, no. La baja voluntaria no se considera situación legal de desempleo. Sin embargo, existen excepciones en las que una dimisión puede dar derecho a la prestación: si se debe a un traslado del centro de trabajo que implique cambio de residencia, por modificación sustancial de las condiciones de trabajo, por impago continuado del salario, o por acoso laboral (siempre que esté acreditado judicialmente).

¿Se puede viajar al extranjero mientras se cobra el paro?

Puedes salir de España hasta 15 días naturales al año sin perder la prestación, siempre que comuniques la ausencia al SEPE y no coincida con una fecha de renovación de demanda o una convocatoria para una acción formativa. Para estancias superiores a 15 días, debes solicitar autorización previa al SEPE. Si te vas al extranjero a buscar empleo, existe un procedimiento específico (exportación de prestaciones) que permite cobrar el paro en otro país de la UE durante un máximo de 3 meses (ampliable a 6).

Consejos Importantes

Consejos Útiles

  • No esperes al último día: Solicita la prestación lo antes posible dentro del plazo de 15 días hábiles
  • Guarda toda la documentación: Conserva copias de todos los documentos que presentes al SEPE
  • Renueva tu demanda: Marca las fechas de renovación en tu calendario para no olvidarlas
  • Usa la sede electrónica: Es más rápido y puedes consultar el estado 24/7

Errores que Debes Evitar

  • No renunciar al trabajo: La baja voluntaria anula el derecho al paro (salvo excepciones)
  • No dejar de sellar: Si no renuevas la demanda, se suspende la prestación automáticamente
  • Declarar cualquier ingreso: Trabajar sin comunicarlo al SEPE puede suponer la devolución íntegra
  • No rechazar ofertas de empleo: Rechazar una oferta adecuada puede suponer la extinción de la prestación

Fuentes Oficiales y Referencias

Toda la información de esta guía proviene de fuentes oficiales del Gobierno de España:

  • SEPE: Prestación contributiva - sepe.es
  • BOE: Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre — Ley General de la Seguridad Social (Título III, Capítulo II)
  • Seguridad Social: seg-social.es para consulta de vida laboral y cotizaciones

Información de Contacto

Si tienes dudas sobre tu prestación por desempleo o necesitas asistencia con tu solicitud:

  • Teléfono SEPE: 900 81 24 00 (gratuito, de lunes a viernes de 8:00 a 18:00)
  • Sede electrónica: sede.sepe.gob.es (disponible 24/7)
  • Cita previa presencial: Teléfono 901 11 99 99 o a través de la sede electrónica

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