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Actualizado · 2026
Subsidio

Subsidio por Desempleo

Guía completa sobre el subsidio por desempleo de nivel asistencial: todos los supuestos de acceso, requisitos, cuantía escalonada (570 €, 540 € y 480 €/mes según el tramo), duración según tu situación y proceso de solicitud detallado paso a paso.

Subsidio

Guía completa sobre el subsidio por desempleo de nivel asistencial: todos los supuestos de acceso, requisitos, cuantía escalonada (570 €, 540 € y 480 €/mes según el tramo), duración según tu situación y proceso de sol…

El subsidio por desempleo es una ayuda económica de nivel asistencial que concede el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) a personas trabajadoras desempleadas que no tienen derecho a la prestación contributiva (el paro), o que ya la han agotado y continúan sin encontrar empleo. A diferencia de la prestación contributiva, que depende de lo cotizado, el subsidio tiene una cuantía escalonada vinculada al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

Este subsidio constituye la segunda línea de defensa del sistema de protección por desempleo en España, y es especialmente relevante para trabajadores con historiales laborales precarios, personas con contratación temporal o a tiempo parcial, y colectivos con especial dificultad de reinserción laboral. Según los datos del SEPE, más de 800.000 personas perciben algún tipo de subsidio por desempleo en España, lo que refleja la importancia de esta ayuda en la red de protección social.

En esta guía te explicamos con detalle los distintos supuestos de acceso al subsidio, los requisitos específicos de cada uno, la cuantía actualizada a 2026, la duración según tu caso y el procedimiento completo para solicitarlo. También respondemos a las preguntas más frecuentes y te damos consejos para maximizar tu protección.

¿Qué es el subsidio por desempleo y en qué se diferencia del paro?

El subsidio por desempleo es una prestación de nivel asistencial (no contributivo) que tiene como finalidad proteger económicamente a las personas desempleadas que se encuentran en situación de necesidad. Mientras que la prestación contributiva se calcula sobre la base de cotización del trabajador, el subsidio tiene una cuantía escalonada: 95% del IPREM (570 €) los primeros 180 días, 90% (540 €) del día 181 al 360 y 80% (480 €) a partir del día 361.

Comparativa rápida: Paro vs Subsidio

ConceptoPrestación contributivaSubsidio por desempleo
Cuantía70%-50% de la base reguladora570€→540€→480€/mes (95%/90%/80% del IPREM)
Cotización mínima360 días (1 año)Desde 90 días (3 meses)
Duración máxima24 meses6-30 meses según supuesto
Requisito de rentasNo tieneNo superar 75% del SMI
TipoContributivaAsistencial

Marco legal: El subsidio por desempleo se regula en los artículos 274 a 280 de la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015) y es gestionado por el SEPE.

Requisitos Generales para Acceder al Subsidio

Independientemente del supuesto concreto por el que solicites el subsidio, siempre debes cumplir los siguientes requisitos generales:

  • Haber agotado la prestación contributiva por desempleo o no tener derecho a ella
  • Estar inscrito como demandante de empleo en el SEPE y mantenerse activo
  • No tener ingresos propios superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI)
  • Si se tiene en cuenta la renta familiar, la media por miembro no debe superar el 75% del SMI
  • No haber cumplido la edad ordinaria de jubilación
  • Suscribir el compromiso de actividad (búsqueda activa de empleo)

Supuestos de Acceso al Subsidio

El subsidio por desempleo no es una única prestación, sino que engloba varios supuestos diferentes. Cada uno tiene sus requisitos específicos y su duración. Identifica cuál se ajusta a tu situación:

1Agotamiento de la prestación contributiva

Has cobrado toda la prestación contributiva (el paro) y sigues sin encontrar empleo.

Duración: 6 meses, prorrogable por otros 6 (hasta 18 meses en algunos casos)

Requisito clave: Haber agotado la prestación contributiva y tener cargas familiares o tener más de 45 años

2Insuficiencia de cotización (con cargas familiares)

No tienes los 360 días de cotización para la prestación contributiva, pero tienes al menos 3 meses (90 días) y cargas familiares.

Duración: De 3 a 21 meses, según los meses cotizados

Requisito clave: Haber cotizado entre 3 y 11 meses y tener hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad a cargo

3Insuficiencia de cotización (sin cargas familiares)

No llegas a los 360 días para la prestación contributiva y no tienes cargas familiares, pero tienes al menos 6 meses cotizados.

Duración: 6 meses (no prorrogable)

Requisito clave: Haber cotizado al menos 6 meses (180 días) sin alcanzar los 360 días

4Mayores de 45 años tras ERE

Has sido despedido en un ERE (Expediente de Regulación de Empleo) y tienes 45 años o más.

Duración: 6 meses

Requisito clave: Tener 45 años o más y haber sido incluido en un ERE

5Emigrantes retornados

Has trabajado en el extranjero y regresas a España sin derecho a prestaciones en el país de origen.

Duración: 6 meses, prorrogable por otros 6

Requisito clave: Acreditar haber trabajado al menos 12 meses en los últimos 6 años en un país fuera de la UE

6Liberados de prisión

Has sido liberado de prisión tras haber cumplido una condena de al menos 6 meses.

Duración: 6 meses, prorrogable por otros 6

Requisito clave: Haber estado en prisión al menos 6 meses y no tener derecho a prestación contributiva

Cuantía y Duración del Subsidio en 2026

Cuantía (2026)

  • Cuantía mensual: 570€/mes los 6 primeros meses (95% IPREM), 540€/mes del 7º al 12º (90%) y 480€/mes desde el 13º (80%)
  • Cálculo: IPREM mensual (600€) × 95% = 570€ (días 1-180); × 90% = 540€ (181-360); × 80% = 480€ (desde 361)
  • Pago: Mensual, entre los días 10 y 15 del mes siguiente
  • Cotización a la Seguridad Social: El SEPE cotiza por ti durante el subsidio, pero solo por la contingencia de jubilación (una base reducida)

Tienes el detalle completo de importes, ejemplos por tramo y casos especiales en cuánto se cobra el subsidio por desempleo en 2026.

Duración según supuesto

  • Agotamiento paro: 6 meses (prorrogable)
  • Insuficiencia cotización: 3-21 meses
  • Emigrantes retornados: 6 meses + 6 prórroga
  • Liberados de prisión: 6 meses + 6 prórroga
  • Mayores 45 tras ERE: 6 meses

Cómo Solicitar el Subsidio por Desempleo

Sigue estos pasos para solicitar tu subsidio por desempleo de forma correcta. Presta especial atención a los plazos, ya que retrasarte puede hacerte perder días de cobro:

Paso 1

Verificar los Requisitos de Acceso

Lo primero es comprobar si cumples todos los requisitos para acceder al subsidio por desempleo. Existen varios supuestos de acceso, y puede que cumplas con alguno de ellos incluso sin saberlo.

El subsidio por desempleo no es una única ayuda, sino que engloba varios supuestos. Cada uno tiene sus propios requisitos específicos, aunque todos comparten la exigencia de estar inscrito como demandante de empleo, carecer de rentas superiores al 75% del SMI y no haber alcanzado la edad de jubilación. Te recomendamos revisar cuidadosamente cada supuesto para identificar el que se ajusta a tu situación.

  • Haber agotado la prestación contributiva o no tener derecho a ella
  • Estar inscrito como demandante de empleo en el SEPE
  • No tener ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI)
  • No tener derecho a pensión de jubilación
  • Haber cotizado al menos 3 meses (si tienes cargas familiares) o 6 meses (sin cargas familiares)
Paso 2

Preparar la Documentación Necesaria

Reúne todos los documentos antes de acudir al SEPE o iniciar la solicitud por internet. Tener la documentación completa desde el principio evitará retrasos en la tramitación.

Además de la documentación básica, si tienes cargas familiares deberás acreditar esta circunstancia con el libro de familia o certificado del Registro Civil, y justificar que las rentas de la unidad familiar no superan el límite establecido. Si solicitas el subsidio por insuficiencia de cotización, necesitarás tu informe de vida laboral actualizado para demostrar los días cotizados.

  • DNI o NIE en vigor (original y copia)
  • Justificante de inscripción como demandante de empleo
  • Informe de vida laboral actualizado
  • Número IBAN de la cuenta bancaria donde deseas recibir el cobro
  • Libro de familia o certificado del Registro (si tienes cargas familiares)
  • Declaración de rentas de la unidad familiar (modelo oficial del SEPE)
Paso 3

Presentar la Solicitud al SEPE

Puedes solicitar el subsidio online a través de la sede electrónica del SEPE o presencialmente en tu oficina de empleo con cita previa.

El plazo para solicitar el subsidio es de 15 días hábiles desde que se cumplen los requisitos (por ejemplo, desde el día siguiente a agotar la prestación contributiva). Si solicitas fuera de plazo no pierdes el derecho al subsidio, pero sí los días transcurridos desde el fin del plazo hasta la fecha de solicitud. Por eso es muy importante no demorarse.

  • Online: A través de la sede electrónica del SEPE (sede.sepe.gob.es) con certificado digital o Cl@ve
  • Presencial: En la oficina del SEPE con cita previa (teléfono 901 11 99 99)
  • Plazo: 15 días hábiles desde que se cumplen los requisitos
  • Si solicitas fuera de plazo, pierdes los días transcurridos (pero no el derecho)
Paso 4

Solicitar dentro de plazo (ya no hay mes de espera)

Desde el 1 de noviembre de 2024, el RDL 2/2024 suprimió el mes de espera. Ahora puedes solicitar el subsidio desde el día siguiente al hecho causante, con un plazo de hasta 6 meses.

El RDL 2/2024 (en vigor desde el 1 de noviembre de 2024) eliminó el mes de espera que antes exigía el subsidio por agotamiento de la prestación contributiva. Ahora el derecho nace el día siguiente al hecho causante si solicitas en los 15 días hábiles posteriores. El plazo de solicitud se ha ampliado a 6 meses, pero si lo pides más tarde de esos 15 días, el subsidio se reconoce desde la fecha de solicitud y pierdes los días intermedios.

  • El mes de espera fue suprimido por el RDL 2/2024 (en vigor desde el 1 de noviembre de 2024)
  • Durante este mes debes mantener la inscripción como demandante de empleo
  • Si solicitas en los 15 días hábiles siguientes al hecho causante, cobras desde el día siguiente; el plazo máximo de solicitud es de 6 meses
  • El mes de espera ya no existe para ningún supuesto desde la reforma de 2024
Paso 5

Cobrar y Renovar Mensualmente

Una vez aprobado, el subsidio se cobra mensualmente. Es fundamental que renueves tu demanda de empleo en las fechas indicadas para no perder el derecho.

La renovación de la demanda (también llamada 'sellar el paro') es obligatoria y se hace en la fecha exacta que te indica el SEPE en tu tarjeta de demanda. Si no la renuevas en esa fecha, el subsidio se suspende automáticamente. Puedes renovarla online en sede.sepe.gob.es, por teléfono (901 11 99 99) o presencialmente. Te recomendamos poner una alarma en tu teléfono para no olvidarte nunca.

  • El pago se realiza mensualmente, entre los días 10 y 15 del mes siguiente
  • Debes renovar tu demanda de empleo en la fecha indicada por el SEPE
  • Puedes renovar online en sede.sepe.gob.es o por teléfono
  • Si no renuevas, se suspende automáticamente el pago del subsidio

Preguntas Frecuentes sobre el Subsidio por Desempleo

Respondemos a las dudas más habituales sobre el subsidio por desempleo:

¿Cuál es la diferencia entre el subsidio y la prestación contributiva por desempleo?

La prestación contributiva (el paro) se calcula en función de lo que hayas cotizado y puede llegar hasta 1.575€/mes con dos o más hijos a cargo (1.225€/mes sin hijos), mientras que el subsidio es una ayuda asistencial con cuantía escalonada (570€/mes el primer semestre, luego 540€/mes y 480€/mes, según el tramo del IPREM). Para acceder a la prestación contributiva necesitas al menos 360 días cotizados; para el subsidio, en algunos supuestos basta con 90 días. El subsidio tiene también un requisito de carencia de rentas que no tiene la prestación contributiva.

¿Puedo trabajar mientras cobro el subsidio por desempleo?

Si encuentras un trabajo a tiempo completo, el subsidio se suspende durante el tiempo que dure el empleo. Sin embargo, si es un trabajo a tiempo parcial, puedes solicitar la compatibilización al SEPE: seguirás cobrando el subsidio de forma proporcional a las horas no trabajadas. En cualquier caso, debes comunicar al SEPE cualquier cambio en tu situación laboral antes de incorporarte al nuevo empleo.

¿Qué pasa si me retraso en la solicitud del subsidio?

Si solicitas el subsidio fuera del plazo de 15 días hábiles, no pierdes el derecho a recibirlo, pero sí perderás los días de subsidio que hayan transcurrido entre el fin del plazo y la fecha en que finalmente presentes la solicitud. Por ejemplo, si te retrasas 10 días, perderás esos 10 días de cobro. Por eso es importante solicitar lo antes posible.

¿Se puede prorrogar el subsidio por desempleo?

Depende del supuesto. El subsidio por agotamiento de la prestación contributiva es prorrogable por períodos de 6 meses, hasta un máximo de 18 o 24 meses dependiendo de la edad y las circunstancias familiares. El subsidio por insuficiencia de cotización sin cargas familiares, en cambio, dura solo 6 meses y no es prorrogable. Para prorrogar, debes solicitarlo al SEPE antes de que se agote el período vigente.

¿Qué límite de ingresos hay para poder cobrar el subsidio?

Para acceder al subsidio por desempleo, tus ingresos propios no pueden superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). En 2026, el SMI es de 1.221€/mes en 14 pagas, por lo que el límite de ingresos está en aproximadamente 915,75€/mes. Si convives con familiares, se tiene en cuenta la renta media por miembro de la unidad familiar, que tampoco puede superar dicho umbral.

Consejos Importantes

Consejos Útiles

  • Solicita cuanto antes: Aunque tengas 15 días, no esperes al último día
  • Comprueba tu derecho: Si no cumples para el subsidio, valora la RAI o el IMV
  • Renueva siempre: Pon una alarma para la fecha de renovación de demanda
  • Consulta tu expediente: En sede.sepe.gob.es puedes ver el estado 24/7

Errores Frecuentes

  • Solicitar fuera de plazo: hay 6 meses para pedirlo, pero pasados los 15 días hábiles pierdes los días intermedios
  • No declarar ingresos: Cualquier ingreso puede afectar al subsidio
  • No renovar la demanda: Causa suspensión automática del pago
  • Dudas: Llama al SEPE al 900 81 24 00 (gratuito)

Fuentes Oficiales y Referencias

  • SEPE: Subsidio por desempleo - sepe.es
  • BOE: Real Decreto Legislativo 8/2015 — Ley General de la Seguridad Social (Arts. 274-280)
  • IPREM 2026: El Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples se actualiza anualmente por la Ley de Presupuestos Generales del Estado

Información de Contacto

Si tienes dudas sobre el subsidio por desempleo:

  • Teléfono SEPE: 900 81 24 00 (gratuito, lunes a viernes de 8:00 a 18:00)
  • Sede electrónica: sede.sepe.gob.es
  • Cita previa: 901 11 99 99

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