Prestación por Desempleo en 2026: Guía Completa, Cuantías y Cómo Solicitarla — portada
N.º 003 · 10 may 2026
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Prestación por Desempleo en 2026: Guía Completa, Cuantías y Cómo Solicitarla

Prestación por desempleo 2026: requisitos, cuantía con la nueva escala 70/60 %, duración, casos prácticos y errores que debes evitar.

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Prestación por desempleo 2026: requisitos, cuantía con la nueva escala 70/60 %, duración, casos prácticos y errores que debes evitar.

En este número
Revisado · 10 de mayo de 2026· Equipo Editorial

La prestación contributiva por desempleo —lo que en lenguaje cotidiano llamamos "el paro"— es la red de seguridad económica más importante para quien pierde su trabajo en España. En 2026 sigue siendo un derecho que protege a millones de personas, pero la forma de calcularlo, los topes y los plazos cambian con frecuencia. Este artículo recoge la versión vigente tras la reforma del Real Decreto-ley 2/2024, que modificó los porcentajes que se aplican sobre la base reguladora a partir del séptimo mes.

Si has perdido el empleo y quieres saber cuánto vas a cobrar, durante cuánto tiempo y qué papeles necesitas, esta guía te lleva paso a paso. Al final encontrarás casos prácticos con números reales y respuestas a las dudas que más se repiten en las oficinas del SEPE.

¿Qué es la prestación contributiva por desempleo?

La prestación contributiva es una ayuda económica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) destinada a las personas que pierden su empleo de forma involuntaria y han cotizado el tiempo suficiente para tener derecho a ella. Se diferencia del subsidio en que no depende del nivel de rentas: si cumples los requisitos de cotización y situación legal de desempleo, te corresponde, vivas con quien vivas y cobres lo que cobres.

En lenguaje coloquial: es el paro que se "ha ganado" cotizando. Por cada día trabajado, vas acumulando derecho a un día de prestación, hasta un máximo de 720 días (24 meses).

Diferencia clave entre prestación y subsidio

La prestación contributiva se calcula sobre tu salario y depende solo de tus cotizaciones. El subsidio es una ayuda asistencial fija (en torno al 80 % del IPREM) que exige no superar un límite de rentas. Si agotas la prestación y no encuentras trabajo, lo siguiente a lo que puedes optar es a un subsidio.

Requisitos para cobrar el paro en 2026

Para que el SEPE te reconozca la prestación contributiva debes cumplir, simultáneamente, los siguientes seis requisitos:

  1. Estar afiliado y en alta (o situación asimilada al alta) en la Seguridad Social en el momento del cese.
  2. Haber cotizado al menos 360 días —12 meses— por desempleo en los últimos 6 años anteriores al cese.
  3. Estar en situación legal de desempleo: despido (objetivo, disciplinario procedente o improcedente), fin de contrato temporal, ERE, ERTE, resolución por causas justificadas o víctima de violencia de género.
  4. Inscribirte como demandante de empleo en el servicio público de empleo de tu comunidad autónoma.
  5. Suscribir el compromiso de actividad: aceptar buscar empleo activamente y participar en las acciones de formación o inserción que te ofrezcan.
  6. No haber cumplido la edad ordinaria de jubilación, salvo que no tengas cotizaciones suficientes para acceder a ella.
La baja voluntaria deja sin paro

Si dejas tu trabajo por iniciativa propia (carta de baja voluntaria, abandono del puesto), no estás en situación legal de desempleo y el SEPE denegará la prestación. Hay excepciones muy concretas (traslado geográfico, modificación sustancial del contrato, falta reiterada de pago de salarios, violencia de género), pero deben acreditarse por escrito.

¿Cuánto se cobra? Cuantía, fórmula y topes en 2026

La cuantía de la prestación se calcula sobre la base reguladora, que es el promedio de las bases de cotización por desempleo de los últimos 180 días trabajados (los 6 meses anteriores al cese). A esa base reguladora se le aplican dos porcentajes distintos según el tramo:

Porcentaje sobre base reguladora (vigente desde 1 nov 2024)
70 % / 60 %
Primeros 180 días: 70 %. A partir del día 181: 60 % (antes era 50 %, modificado por el RD-Ley 2/2024).

A esa cuantía se le aplican unos topes mínimos y máximos vinculados al IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). Estos son los topes vigentes para 2026 (a falta de actualización oficial del IPREM en los Presupuestos Generales del Estado):

Situación familiarCuantía mínima (€/mes)Cuantía máxima (€/mes)
Sin hijos a cargo560,001.225,00
Con 1 hijo a cargo749,001.400,00
Con 2 o más hijos a cargo749,001.575,00
¿Qué es un hijo a cargo?

A efectos del SEPE, un hijo a cargo es un descendiente menor de 26 años (o mayor con discapacidad ≥ 33 %) que convive contigo y no obtiene rentas superiores al SMI. No basta con ser padre: tiene que cumplirse la convivencia y el límite de ingresos.

Tabla completa: días cotizados → días de prestación

La duración de la prestación es directamente proporcional al tiempo cotizado en los 6 años anteriores. Esta es la escala oficial:

Días cotizadosDuración de la prestación
De 360 a 539120 días (4 meses)
De 540 a 719180 días (6 meses)
De 720 a 899240 días (8 meses)
De 900 a 1.079300 días (10 meses)
De 1.080 a 1.259360 días (12 meses)
De 1.260 a 1.439420 días (14 meses)
De 1.440 a 1.619480 días (16 meses)
De 1.620 a 1.799540 días (18 meses)
De 1.800 a 1.979600 días (20 meses)
De 1.980 a 2.159660 días (22 meses)
2.160 o más720 días (24 meses, tope máximo)

Casos prácticos: cómo se calcula la prestación con números reales

Caso práctico
Marta, 34 años, despido objetivo, 2 años cotizados, sin hijos

Marta tiene un sueldo bruto de 1.800 €/mes y la empresa la despide por causas objetivas. Ha cotizado 720 días en los últimos 3 años.

  • Base reguladora: media de los 180 últimos días = ~1.800 €/mes
  • Primeros 6 meses: 70 % × 1.800 = 1.260 €/mes, pero el tope máximo sin hijos es 1.225 € → cobra 1.225 €/mes
  • Mes 7 al 8: 60 % × 1.800 = 1.080 €/mes (dentro de los topes)
  • Duración total: 240 días (8 meses) por sus 720 días cotizados
  • Total recibido: 1.225 € × 6 + 1.080 € × 2 = 9.510 € brutos
Caso práctico
Carlos, 42 años, fin de contrato temporal, 4 años cotizados, 2 hijos

Carlos cobraba 1.500 €/mes. Su contrato termina y ha cotizado 1.440 días en los últimos 6 años.

  • Base reguladora: ~1.500 €/mes
  • Primeros 6 meses: 70 % × 1.500 = 1.050 €/mes (dentro de los topes con 2+ hijos)
  • Resto del periodo: 60 % × 1.500 = 900 €/mes
  • Duración total: 480 días (16 meses) por sus 1.440 días cotizados
  • Total recibido: 1.050 € × 6 + 900 € × 10 = 15.300 € brutos
Caso práctico
Lucía, 28 años, primera vez en el paro, 14 meses cotizados

Lucía termina su primer contrato indefinido tras 14 meses (420 días cotizados). Su sueldo era de 1.200 €/mes.

  • Base reguladora: ~1.200 €/mes
  • Tope mínimo sin hijos: 560 €/mes
  • Primeros 4 meses: 70 % × 1.200 = 840 €/mes
  • Duración total: 120 días (4 meses) por sus 420 días cotizados
  • Total recibido: 840 € × 4 = 3.360 € brutos
Caso práctico
Roberto, 51 años, despido procedente tras ERE, 6 años cotizados, 1 hijo

Roberto cobraba 2.400 €/mes y la empresa cierra. Ha cotizado los 2.160 días máximos en los últimos 6 años.

  • Base reguladora: ~2.400 €/mes
  • Primeros 6 meses: 70 % × 2.400 = 1.680 €/mes, pero el tope con 1 hijo es 1.400 € → cobra 1.400 €/mes
  • Resto del periodo: 60 % × 2.400 = 1.440 €/mes, sigue topado en 1.400 €/mes
  • Duración total: 720 días (24 meses, máximo)
  • Total recibido: 1.400 € × 24 = 33.600 € brutos
Cuidado con los descuentos

Las cifras anteriores son brutas. El SEPE descuenta dos cosas de tu nómina: la cotización a la Seguridad Social (4,7 % de la base reguladora) y, si superas el mínimo exento, retención de IRPF. Lo que llega a tu cuenta puede ser un 5–10 % menos que el bruto.

Cómo solicitar la prestación paso a paso

El plazo es 15 días hábiles desde la fecha de cese. Si lo presentas más tarde, pierdes los días de prestación que correspondan al retraso, aunque mantienes el resto.

Vía online (recomendada)

  1. Entra en la Sede Electrónica del SEPE e identifícate con certificado digital, DNIe o Cl@ve PIN.
  2. Ve a Personas → Procedimientos y servicios → Solicitud individual.
  3. Completa el formulario con tus datos personales, hijos a cargo, IBAN y motivo del cese.
  4. Adjunta el certificado de empresa (la empresa lo envía automáticamente al SEPE en la mayoría de casos) y tu DNI.
  5. Firma electrónicamente y guarda el justificante PDF.

Vía telefónica

Llama al 91 273 83 83 (Madrid) o al 901 010 210, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00. El operador te tramita la solicitud sobre la marcha si tienes a mano el DNI, el IBAN y los datos del cese.

Presencial en la oficina del SEPE

Pide cita previa en citaprevia.sepe.es y acude con la documentación. Es la vía más lenta y normalmente se reserva para casos complejos.

Documentación necesaria

  • DNI o NIE en vigor
  • Certificado de empresa del último empleador (modelo oficial del SEPE)
  • Número IBAN de la cuenta donde quieres cobrar
  • Libro de familia o documentación de hijos (si declaras hijos a cargo)
  • Sentencia judicial o acta de conciliación (en despidos disciplinarios u objetivos)
  • Vida laboral (no es obligatoria, el SEPE la consulta directamente)

Renovación de la demanda: el famoso "sellar el paro"

La inscripción como demandante caduca y hay que renovarla periódicamente. Es lo que coloquialmente llamamos "sellar el paro". La renovación es obligatoria aunque ya estés cobrando: si te olvidas, el SEPE puede suspender la prestación.

Edad / SituaciónFrecuencia de renovación
Menor de 52 añosCada 90 días (3 meses)
Mayor de 52 añosCada 30 días
Subsidio agrarioCada 30 días

Puedes renovar online en la web del servicio de empleo de tu comunidad autónoma (no es el SEPE estatal, ojo con la confusión), por SMS o presencialmente.

Compatibilidades e incompatibilidades

Es incompatible con:

  • Trabajo por cuenta ajena a jornada completa
  • Trabajo por cuenta propia (autónomo), salvo modalidad de pago único
  • Pensión contributiva de jubilación
  • Prestación por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez

Es compatible con:

  • Trabajo a tiempo parcial (la prestación se reduce proporcionalmente a la jornada)
  • Becas de formación y prácticas no laborales
  • Pensión de viudedad
  • Prestación por hijo a cargo o complemento de ayuda a la infancia

Errores comunes que pueden suspender tu prestación

  1. No comunicar un nuevo trabajo en los 15 días siguientes al alta.
  2. Salir de España más de 15 días naturales sin notificarlo previamente al SEPE.
  3. Rechazar una oferta adecuada de empleo sin justificación.
  4. No acudir a una cita del SEPE o del servicio de empleo autonómico.
  5. No participar en una acción formativa asignada en el itinerario.
  6. Cobrar sin tener derecho (rentas no declaradas, hijos a cargo no reales): el SEPE puede reclamar la devolución y aplicar sanción.
Comunicar siempre y por escrito

Cualquier cambio en tu situación —nuevo contrato, viaje, mudanza, ingreso por venta o herencia— debe comunicarse al SEPE en los 15 días siguientes. Hazlo siempre por escrito (Sede Electrónica) y guarda el justificante. La mayoría de sanciones vienen por no comunicar a tiempo, no por mala fe.

¿Qué hacer si agotas la prestación?

Si terminas los 720 días (o los que te correspondan) y sigues sin trabajo, puedes solicitar uno de los subsidios por desempleo, que son ayudas asistenciales con cuantía fija (en torno al 80 % del IPREM, unos 480 €/mes) y exigen no superar el 75 % del SMI en rentas mensuales.

Los más frecuentes son:

  • Subsidio por agotamiento de la prestación contributiva (con o sin responsabilidades familiares)
  • Subsidio para mayores de 52 años (hasta la jubilación si se cumplen requisitos)
  • Subsidio por insuficiencia de cotización (cuando se ha cotizado entre 3 y 12 meses)
  • Renta Activa de Inserción (RAI) para colectivos vulnerables
  • Ingreso Mínimo Vital (IMV), gestionado por la Seguridad Social, no por el SEPE

Referencias normativas

Conclusión: lo más importante en 30 segundos

  • La prestación contributiva exige 360 días cotizados en los últimos 6 años y estar en situación legal de desempleo.
  • Se cobra el 70 % de la base reguladora los primeros 180 días y el 60 % a partir del día 181 (cambió en noviembre de 2024).
  • Los topes 2026 van de 560 €/mes (mínimo sin hijos) a 1.575 €/mes (máximo con 2+ hijos).
  • La duración va de 4 a 24 meses según los días cotizados.
  • Hay que solicitarla en los 15 días hábiles siguientes al cese y renovar la demanda cada 90 días.
  • Comunica cualquier cambio (nuevo trabajo, viaje, ingresos) al SEPE para no perder la prestación.

Si después de leer la guía sigues con dudas, lo mejor es entrar en la Sede Electrónica del SEPE, hacer la simulación con tus datos reales y, si la cifra no te cuadra, pedir cita en una oficina para que un técnico revise tu expediente.

Preguntas frecuentes

No, salvo excepciones tasadas: traslado geográfico forzoso, modificación sustancial de las condiciones de trabajo en tu perjuicio, falta de pago reiterada del salario o víctima de violencia de género que necesita cambiar de domicilio. En el resto de casos la baja voluntaria deja sin efecto la prestación contributiva.