Pensiones

Convenios de Seguridad Social 2026: sumar lo cotizado fuera de España

En esta guía

En resumen

Si has cotizado en España y en otro país, los años no se pierden: se suman para acreditar el mínimo de la pensión española. Pero sumar los años no significa sumar el dinero. Esta guía explica qué se suma, qué paga cada país y dónde se pide.

Primero: no todos los países funcionan igual

Hay tres marcos distintos. El que te toque decide qué prestaciones entran.

Reglamentos europeos (UE, EEE y Suiza)

Se aplican los Reglamentos (CE) 883/2004 y 987/2009: entre Estados miembros desde el 1 de mayo de 2010, con Suiza desde el 1 de abril de 2012 y con Islandia, Liechtenstein y Noruega desde el 1 de junio de 2012. El artículo 8 del Reglamento 883/2004 dice que, en su ámbito, «sustituirá a cualquier otro convenio de seguridad social aplicable entre los Estados miembros». Por eso con Francia, Alemania o Italia ya no se habla de convenio bilateral.

Incluyen enfermedad, maternidad y paternidad, invalidez, vejez, supervivencia, accidentes de trabajo, prestaciones familiares y también el desempleo. Para el paro se usan el formulario U1 (acredita los periodos cotizados en otro país) y el U2 (autoriza a seguir cobrando mientras buscas trabajo en otro país).

Reino Unido

Dejó la UE el 1 de febrero de 2020. Si a 31 de diciembre de 2020 ya estabas en una situación transfronteriza, o tenías periodos cotizados allí antes de esa fecha, se te siguen aplicando los reglamentos europeos en virtud del Acuerdo de Retirada. A las situaciones nacidas desde el 1 de enero de 2021 se les aplica el protocolo de coordinación de Seguridad Social del Acuerdo de Comercio y Cooperación.

Convenio bilateral (resto de países)

España tiene convenio bilateral con 26 países, según la lista de la Seguridad Social: Andorra, Argentina, Australia, Brasil, Cabo Verde, Canadá, Chile, China, Colombia, Corea, Ecuador, Estados Unidos, Filipinas, Japón, Marruecos, México, Moldavia, Paraguay, Perú, República Dominicana, Rusia, Senegal, Túnez, Ucrania, Uruguay y Venezuela.

Cada tratado tiene su propio contenido. El núcleo común son las pensiones de incapacidad permanente, jubilación y muerte y supervivencia. El desempleo casi nunca entra: de los 26, la Seguridad Social solo lo menciona entre las prestaciones españolas incluidas en los de Chile y Australia. Antes de dar nada por hecho, mira la ficha de tu país en seg-social.es.

Además, varios países iberoamericanos aplican el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social. Cuando coincide con un convenio bilateral, del bilateral solo se aplican las disposiciones que resulten más favorables al interesado.

Si lo que buscas es el paro, no la pensión

Son cosas distintas y se piden por separado. Si vuelves de un país de la UE, del EEE o de Suiza, tu vía es la coordinación europea del desempleo (U1 o U2). El subsidio para emigrantes retornados es para españoles que retornan de países de fuera del Espacio Económico Europeo o con los que no existe convenio sobre protección por desempleo.

Tabla de los países más consultados

PaísMarco aplicable¿Incluye el paro?Organismo de pensiones del otro país
AlemaniaReglamentos (CE) 883/2004 y 987/2009SíDeutsche Rentenversicherung
FranciaReglamentos (CE) 883/2004 y 987/2009SíAssurance Retraite
ItaliaReglamentos (CE) 883/2004 y 987/2009SíINPS
SuizaLos mismos reglamentos, aplicables desde el 1 de abril de 2012SíSeguro AHV/AVS
BrasilConvenio de 16 de mayo de 1991, en vigor desde el 1 de diciembre de 1995; revisión de 2012 en vigor desde el 1 de marzo de 2018. Brasil aplica además el Convenio Multilateral IberoamericanoNoInstituto Nacional do Seguro Social
PerúConvenio de 16 de junio de 2003, en vigor desde el 1 de febrero de 2005. Perú aplica además el Convenio Multilateral Iberoamericano desde el 20 de octubre de 2016NoONP; Superintendencia de Banca y Seguros si estás afiliado a una AFP
Persona revisando documentación de pensiones en casa
Los años cotizados fuera se suman a los españoles para llegar al mínimo de 15 años. Imagen ilustrativa.

Cómo se calcula: el doble cálculo y la prorrata

España hace dos cálculos y paga el que salga más alto (artículo 52 del Reglamento 883/2004; los convenios bilaterales de Brasil y Perú siguen el mismo esquema).

  1. Pensión por legislación interna. Solo con lo cotizado en España, como si el otro país no existiera. Solo es posible si con los años españoles ya cumples los requisitos por ti mismo.
  2. Pensión prorrateada. Primero se calcula una pensión teórica, como si todos los años, los de aquí y los de fuera, se hubieran cotizado en España. Después se le aplica el porcentaje que representan los años españoles sobre el total.

Supón que has cotizado 10 años en España y 12 en el otro país, 22 en total. Con 10 años no alcanzas por ti mismo los 15 que exige la jubilación contributiva, así que el primer cálculo no existe. Se hace el segundo: pensión teórica con 22 años, multiplicada por 10/22. Esa es la parte que paga España.

Después, el otro país calcula la suya por su cuenta, con su edad de jubilación y su fórmula. Cada país abona su pensión directamente al beneficiario.

Los 15 años mínimos se acreditan con la suma, no solo con lo español

Esta es la razón de ser del sistema. Con 10 años cotizados en España no llegarías a la pensión contributiva, que exige 15. Sumando los 12 del otro país llegas y desbloqueas el derecho, aunque luego España solo pague la parte proporcional que le corresponde.

Un matiz de los reglamentos europeos: si en un país has cotizado menos de un año y con eso solo no generas derecho allí, ese país no está obligado a pagarte pensión. Esos meses no se pierden: los tienen en cuenta los demás países al calcular la suya (artículo 57 del Reglamento 883/2004).

Dónde se pide

En la institución del país donde resides, tanto la pensión española como la del otro país.

  • Si vives en España: en el INSS, a través de un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social, o en el Instituto Social de la Marina si eres trabajador del mar.
  • Si vives en el otro país: en su institución de Seguridad Social.
  • Si vives en un tercer país, mira la ficha de tu convenio. La de Brasil, por ejemplo, remite a la institución del país (España o Brasil) donde estuviste asegurado por última vez.

Conviene aportar lo que tengas del historial laboral extranjero (número de afiliación, empresas, fechas): ayuda a localizar los periodos.

Lo que el convenio no hace

  • No paga dos veces lo mismo. Sumar años sirve para acceder a la pensión y para calcularla, pero cada país paga solo su parte.
  • No unifica la edad de jubilación. Cada país aplica la suya.
  • No da derecho al paro, salvo en el ámbito europeo y en los pocos convenios bilaterales que lo incluyen.

Preguntas frecuentes

5

Sí, por totalización. Los periodos cotizados en un país de la UE, del EEE, en Suiza o en un país con convenio bilateral se suman a los españoles para acreditar los 15 años mínimos de la pensión contributiva. Lo que no se suma es la cuantía: cada país paga su propia pensión, proporcional a los años cotizados en él.