Persona rellenando el Modelo 600 a mano en su mesa con calculadora y papeles
Actualizado · 2026
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Modelo 600 paso a paso 2026: cómo rellenarlo sin gestor

El Modelo 600 grava las transmisiones patrimoniales y los actos jurídicos documentados con un tipo del 4 al 10 % según la comunidad autónoma. Tienes 30 días hábiles desde la operación para presentarlo, y los 99 casillas del impreso no son tantas si sabes a qué corresponde cada bloque.

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El Modelo 600 grava las transmisiones patrimoniales y los actos jurídicos documentados con un tipo del 4 al 10 % según la comunidad autónoma. Tienes 30 días hábiles desde la operación para presentarlo, y los 99 casill…

Qué es el Modelo 600 y por qué lo pagas tú

El Modelo 600 es el impreso con el que se liquidan dos impuestos a la vez: el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) y el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD). Lo paga normalmente el comprador o quien adquiere un derecho, no el vendedor. Es uno de esos formularios que mucha gente nunca rellena hasta que compra un coche usado o firma una hipoteca, y entonces tiene 30 días para entregarlo sin recargo.

Los tres casos más habituales en los que aparece el Modelo 600:

  • Compra de un coche de segunda mano entre particulares. El comprador paga ITP sobre el valor de tasación oficial (entre 4 % y 8 % según CCAA).
  • Compra de vivienda usada. El comprador paga ITP (6 % a 10 %) en lugar de IVA, porque la operación es entre particulares o desde un usuario final.
  • Alquiler de local comercial o firma de un préstamo. Tributa por AJD, normalmente con un tipo del 0,5 % al 1,5 % del importe documentado.

Cuándo estás obligado a presentarlo (y cuándo no)

No todas las operaciones llevan Modelo 600. La regla general es sencilla: si alguien gana un derecho económico o recibe un bien fuera del circuito empresarial habitual, hay que liquidar. Las operaciones profesionales de empresas van por IVA, no por ITP.

Cuándo SÍ se presenta

OperaciónQuién presentaModalidadTipo orientativo
Compra coche segunda mano (particular)CompradorITP — TPO4-8 %
Compra vivienda segunda manoCompradorITP — TPO6-10 %
Compra vivienda nueva del promotorCompradorAJD0,5-1,5 %
Alquiler de local o de viviendaArrendatarioITP — TPO~0,3 % anual
Constitución de hipoteca o préstamoPrestatarioAJD0,5-1,5 %
Donación entre familiares directosDonatarioITP — Sucesiones y DonacionesVariable (puede estar bonificada al 99 %)

Cuándo NO se presenta

  • Compras a un empresario o autónomo en su actividad (tributan por IVA).
  • Operaciones empresariales sujetas a IVA con renuncia a la exención (alquileres comerciales con IVA renunciado, por ejemplo).
  • Algunas transmisiones de vivienda habitual a jóvenes menores de 35 años o familias numerosas, según la CCAA.

Quién es el "sujeto pasivo" (te lo explico claro)

El sujeto pasivo es la palabra técnica para decir quién tiene que pagar el impuesto y firmar el Modelo 600. No siempre coincide con quien firma la escritura ante notario. Tres ejemplos para fijarlo:

  • Compras un piso de 200.000 €. El vendedor lo entrega, tú pagas. El sujeto pasivo eres tú, el comprador.
  • Heredas una vivienda. El causante (la persona fallecida) no paga nada porque ya no existe fiscalmente. El sujeto pasivo es el heredero, que adquiere el bien.
  • Firmas un préstamo hipotecario con el banco. Aunque el banco es quien presta, el sujeto pasivo del AJD eres tú (tras la reforma de 2018 esto cambió y ahora el AJD de hipotecas lo paga el banco — pero del resto de préstamos sigue pagando el prestatario).

Si rellenas mal este campo, Hacienda te lo devuelve y tienes que volver a empezar. Por eso es la primera casilla en la que vale la pena pararse dos minutos.

Cómo rellenarlo, casilla por casilla

El Modelo 600 tiene cuatro bloques. No hace falta memorizar las 99 casillas: la mayoría son automáticas o no aplican. Lo importante es saber qué pide cada bloque.

Bloque 1 · Datos identificativos (casillas 01-15)

Quién paga (sujeto pasivo) y quién interviene en el otro lado de la operación.

  • Casillas 01-05. NIF, nombre y apellidos del sujeto pasivo.
  • Casillas 06-10. Domicilio fiscal del sujeto pasivo (la dirección que tienes declarada en Hacienda, no necesariamente donde vives).
  • Casillas 11-15. Datos del transmitente (la otra parte: el vendedor del coche, el donante, el prestamista).

Error típico: poner la dirección actual cuando hace meses que no la has comunicado a Hacienda. Si la tuya en el censo es la antigua, usa la antigua. La actualización del domicilio fiscal es otro trámite aparte (Modelo 030).

Bloque 2 · Datos del devengo y de la operación (casillas 16-30)

  • Casilla 16. Fecha del devengo. Coincide con la fecha del contrato o de la escritura, no con la fecha en que vas a presentar el modelo.
  • Casilla 17. Comunidad Autónoma competente. Es la del lugar de la operación, salvo en inmuebles (donde radica el inmueble).
  • Casillas 20-25. Descripción del bien o derecho transmitido: tipo (vehículo, inmueble, derecho), referencia (matrícula, referencia catastral, datos del contrato).
  • Casilla 26. Concepto fiscal: TPO (transmisiones onerosas), AJD (actos jurídicos), OS (operaciones societarias). Marca solo el que aplica.

Bloque 3 · Base imponible y cuota (casillas 31-70)

Aquí está el meollo del cálculo. La base imponible no siempre es el precio que pagaste: es el mayor entre el valor declarado y el valor de referencia oficial.

CasillaQué pideCómo se calcula
31Valor declaradoEl precio que figura en el contrato o escritura
32Valor de referencia oficialCatastro (inmuebles) o tablas BOE (vehículos)
33Base imponibleEl mayor de 31 y 32
40ReduccionesVivienda habitual jóvenes, familia numerosa, discapacidad (por CCAA)
50Base liquidableCasilla 33 menos casilla 40
55Tipo impositivoEl que fije tu CCAA según operación
60Cuota íntegraCasilla 50 × casilla 55
65BonificacionesLas que apliquen según normativa autonómica
70Cuota a ingresarCasilla 60 menos casilla 65

Bloque 4 · Forma de pago e ingreso (casillas 71-99)

  • Casilla 71. Forma de pago: tarjeta, cargo en cuenta, NRC del banco.
  • Casilla 80. Si es una autoliquidación complementaria (porque presentaste antes una primera con error), número de justificante anterior.
  • Casilla 99. Firma y fecha de presentación.

Dónde y cómo presentarlo (online vs presencial)

Aunque el Modelo 600 sea estatal, la presentación se hace en el portal de tu Comunidad Autónoma porque ella es quien recauda. La sede de la AEAT no acepta el Modelo 600 directamente — esto es el primer despiste que tiene mucha gente que intenta presentarlo online.

Portales por Comunidad Autónoma

ComunidadPortalIdentificación
Madridgestiona.comunidad.madrid (ATIC)Cl@ve, certificado digital o DNIe
Cataluñae-tributs.gencat.catCl@ve, certificado o idCAT
Andalucíajuntadeandalucia.es (oficina virtual SACE)Cl@ve o certificado
Valenciaatv.gva.es (SARA)Cl@ve o certificado
País VascoHacienda foral (Álava, Bizkaia, Gipuzkoa)Bak/Bakq según provincia
Otras CCAAWeb de su Consejería de HaciendaCl@ve o certificado

Presentación presencial

Si prefieres papel, descargas el Modelo 600 en PDF del portal autonómico, lo rellenas (a máquina o a mano con letra clara) y lo llevas a la oficina liquidadora de tu CCAA con cita previa. El pago lo haces antes en una entidad colaboradora (banco) y pegas el justificante al modelo. Tarda más pero sigue siendo válido.

El plazo y las consecuencias de presentarlo tarde

El plazo general son 30 días hábiles desde el devengo (fecha de la escritura o del contrato). Los sábados no cuentan, pero los lunes a viernes sí, incluyendo los festivos locales (depende de tu municipio).

Recargos por presentación voluntaria fuera de plazo

Si presentas tarde pero sin requerimiento previo de Hacienda, los recargos son relativamente suaves:

RetrasoRecargo sobre la cuotaSanción adicional
Hasta 3 meses5 %No
De 3 a 6 meses10 %No
De 6 a 12 meses15 %No
Más de 12 meses20 % + intereses de demoraNo

Si en cambio te llega un requerimiento de Hacienda antes de que pagues, ya no hay recargo voluntario sino sanción del 50 % al 150 % de la cuota, según gravedad. Por eso siempre conviene autoliquidar antes de que te escriban.

4 errores típicos que tiran el modelo

  • Confundir TPO con AJD. Marcar la modalidad equivocada en la casilla 26 hace que el tipo aplicado sea otro y la cuota salga mal. Si compras una vivienda usada, es TPO. Si firmas la escritura de un préstamo, es AJD. No se pueden marcar las dos a la vez en la misma liquidación.
  • Usar el precio de escritura cuando el valor de referencia es mayor. Si pagaste 80.000 € por un piso cuyo valor de referencia catastral es de 110.000, Hacienda liquida sobre 110.000. Si no lo declaras así desde el principio, te llega una paralela meses después con recargo.
  • Equivocarse de Comunidad Autónoma. En coches segunda mano es la CCAA del comprador. En inmuebles, la donde está el inmueble. En préstamos, donde se firma la escritura. Si lo presentas en la CCAA equivocada, tienes que repetir.
  • Marcar la exención sin tener derecho. Algunas bonificaciones autonómicas exigen requisitos que cambian cada año (edad, ingresos, empadronamiento). Si marcas una bonificación sin cumplir, Hacienda la quita y te pide la diferencia más sanción.

Preguntas frecuentes

Lo gestiona tu Comunidad Autónoma. El ITP y AJD son tributos cedidos: la normativa estatal fija el marco, pero cada CCAA aprueba sus tipos y bonificaciones, y recauda. Por eso el portal de presentación es el de tu comunidad (ATIC en Madrid, e-tributs en Cataluña, SACE en Andalucía, SARA en Valencia), no la sede de la AEAT.