El permiso para exámenes y formación es uno de los derechos del Estatuto de los Trabajadores menos conocidos pero más útiles. Permite ausentarse del trabajo, retribuido al 100 %, para asistir a exámenes oficiales y dedicar hasta 20 horas/año a formación vinculada al puesto. Esta guía 2026 explica los casos cubiertos, cómo solicitarlo y cómo combinar este permiso con las acciones formativas del SEPE.
¿Qué es el permiso para exámenes y formación?
El art. 23.1 del Estatuto de los Trabajadores reconoce dos derechos diferentes:
- Permiso para asistir a exámenes oficiales: tiempo necesario para acudir al examen, retribuido.
- 20 horas anuales de formación vinculada al puesto de trabajo, retribuidas.
Ambos buscan facilitar la conciliación entre trabajo y formación reglada del trabajador.
Permiso para asistir a exámenes oficiales
¿Qué exámenes están cubiertos?
| Tipo de examen | ¿Cubierto? |
|---|---|
| Universidad oficial (grado, máster, doctorado) | Sí |
| Formación Profesional oficial | Sí |
| Escuelas Oficiales de Idiomas | Sí |
| Conservatorios oficiales | Sí |
| Oposiciones públicas (Estado, CCAA, ayuntamiento) | Sí |
| Certificados de profesionalidad | Sí |
| Carné de conducir | Sí |
| Permiso de armas, manipulador alimentos | Sí |
| Academias privadas no oficiales | No (salvo convenio) |
| Cursos online no acreditados | No |
| Pruebas internas de empresas | No |
Tiempo cubierto
El permiso cubre:
- Tiempo del examen (la duración propiamente dicha del examen).
- Desplazamiento razonable (ida y vuelta del centro de examen).
- Tiempo de preparación inmediata (si hay margen de horas previas justificadas).
No se cubre tiempo de estudio general, solo el necesario para el día del examen.
Casos prácticos
- Examen oficial → cubierto.
- Tiempo de examen: 4 horas.
- Desplazamiento ida y vuelta: 4 horas.
- Permiso total: día completo retribuido.
- Justifica con convocatoria oficial + resguardo de examen.
- Examen oficial → cubierto.
- Pero: el examen es en sábado, fuera de su jornada laboral (lunes-viernes).
- No tiene permiso retribuido porque no necesita ausentarse del trabajo.
- Si su jornada incluye sábados, sí tendría permiso ese día.
- Cambridge es certificación oficial (Cambridge English Assessment).
- Tiempo de examen: 3 horas.
- Permiso retribuido: 3 horas + desplazamiento.
- La empresa puede pedir el resguardo y el certificado posterior.
- Oposición pública → cubierta.
- Empresa habitualmente no abre sábados → no necesita permiso laboral.
- Si tuviera jornada partida con sábados de mañana, sí tendría permiso retribuido los sábados de examen.
Las 20 horas anuales de formación
El art. 23.3 ET añade un derecho específico: 20 horas anuales de permiso retribuido para acciones formativas vinculadas al puesto de trabajo.
Características
- Aplicable a trabajadores con al menos 1 año de antigüedad en la empresa.
- Acumulables durante 5 años (máximo 100 horas si no se han usado previamente).
- Vinculadas a la actividad de la empresa o al puesto del trabajador.
- Retribuidas al 100 %.
Qué entra como formación vinculada
- Cursos del SEPE (formación para el empleo).
- Certificados de profesionalidad del SEPE.
- Cursos de empresa organizados por la propia empresa.
- Másteres o postgrados relacionados con la actividad.
- Cursos online acreditados por entidades formativas oficiales (FUNDAE, etc.).
Qué NO entra
- Formación sin relación con el puesto (ej. curso de cocina si trabajas en banca).
- Idiomas no relacionados con el trabajo (salvo que tu puesto lo requiera).
- Aficiones personales o hobbies.
Cómo solicitar el permiso
Procedimiento
- Comunicar a la empresa con preaviso razonable (7-15 días habitualmente).
- Adjuntar justificantes:
- Convocatoria oficial del examen.
- Matrícula del curso o estudios.
- Programa formativo si es para las 20 h/año.
- Indicar fecha y hora exactas del examen o curso.
- Tras el examen, aportar resguardo o certificado de asistencia.
Justificación
- Resguardo del examen sellado por el centro examinador.
- Certificado de matrícula si el examen forma parte de unas pruebas más amplias.
- Diploma o certificado del curso al finalizar (si se piden 20 h/año).
¿Puede negarse la empresa?
No, si el examen es oficial o el curso está vinculado al puesto. La empresa solo puede ajustar el horario (por ejemplo, dejarte salir justo antes del examen) por razones organizativas, pero no negar el permiso.
Si la empresa se niega:
- Reclamación interna por escrito.
- Denuncia ante Inspección de Trabajo.
- Vía judicial en el Juzgado de lo Social (20 días desde la negativa).
Mejoras por convenio colectivo
Muchos convenios mejoran las 20 horas/año del ET. Ejemplos:
| Sector | Mejora |
|---|---|
| Administración pública | 40 horas/año + permisos específicos para opositores |
| Banca | 50 horas/año + 1 día/semana para opositores activos en últimos meses |
| Educación | 80 horas/año + sabático cada 5 años |
| Sanidad pública | 40 horas/año + permiso completo para opositores en periodo activo |
| Construcción | 20 horas/año estándar |
Compatibilidades
El permiso para exámenes y formación es compatible con:
| Permiso compatible | Detalle |
|---|---|
| Vacaciones | Sí, los días de examen no se descuentan de vacaciones |
| Baja médica | Sí, si el examen se pospone, se mantiene el derecho |
| Reducción de jornada | Sí, durante la reducción se mantiene el derecho |
| Excedencia por estudios | Sí, durante la excedencia ya no se necesita el permiso retribuido |
| Otros permisos retribuidos (matrimonio, fallecimiento) | Sí, son acumulables |
Diferencia entre exámenes y formación
A veces se confunden estos dos derechos:
| Concepto | Examen oficial | Formación 20 h/año |
|---|---|---|
| Fundamento | Art. 23.1 ET | Art. 23.3 ET |
| Antigüedad mínima | No exigida | 1 año en la empresa |
| Duración | Tiempo del examen + desplazamiento | 20 h/año (acumulables) |
| Tipo de actividad | Cualquier examen oficial | Vinculada al puesto |
| Justificación | Convocatoria + resguardo | Matrícula del curso |
| Retribución | 100 % | 100 % |
Casos especiales
Oposiciones públicas con varios días de examen
Las oposiciones suelen tener varios ejercicios en días distintos. Cada examen genera derecho a permiso independiente. Si la convocatoria es muy intensiva (4-5 días seguidos), el trabajador puede combinar permisos de exámenes + vacaciones + permisos sin sueldo según necesidad.
Repetición de exámenes
Si suspendes y tienes que repetir el examen en convocatoria posterior, el derecho a permiso se mantiene para el nuevo examen (oficiales). La empresa no puede limitar el número de convocatorias a las que asistir.
Exámenes en otra provincia o país
- Otra provincia: el desplazamiento entra dentro del tiempo razonable cubierto.
- Otro país (Erasmus, certificación internacional): el permiso es retribuido por el tiempo del examen, pero el desplazamiento es por cuenta del trabajador, salvo mejora de convenio.
Trabajador a tiempo parcial
El derecho se mantiene íntegro para trabajadores a tiempo parcial: el tiempo del examen no se prorratea.
Permiso para estudios universitarios
Algunos convenios prevén el permiso por estudios universitarios específico, que va más allá del art. 23 ET:
- Reducción de jornada sin coste durante el curso académico.
- Excedencia por estudios (hasta 1 año con reserva de puesto).
- Adaptación del horario para conciliar estudios y trabajo.
Consulta tu convenio si tienes interés en estudios universitarios prolongados.
Referencias normativas
Errores comunes
- No solicitar el permiso con justificación oficial: la empresa puede negarlo si no aportas convocatoria.
- Confundir 20 h con el examen: son derechos distintos y acumulables.
- No acumular las 20 horas no usadas: si en un año no las has gastado, puedes acumular hasta 5 años (máx. 100 h).
- Asumir que cualquier curso vale: los 20 h/año requieren que la formación esté vinculada al puesto.
- No aportar el resguardo posterior: la empresa puede descontar días si no justificas.
- Olvidar el preaviso razonable: aunque no hay plazo legal, avisar tarde dificulta la organización y puede generar fricciones.
Conclusión
El permiso para exámenes y formación del art. 23 ET es un derecho clave para quienes compaginan trabajo con estudios o oposiciones. Las claves prácticas 2026:
- Tiempo necesario para asistir a exámenes oficiales, retribuido al 100 %.
- 20 horas/año para formación vinculada al puesto, acumulables hasta 5 años (100 h máx).
- Empresa no puede negarlo si cumples los requisitos. Vía judicial directa si lo hace.
- Justificación: convocatoria + resguardo del examen, o matrícula + certificado del curso.
- Muchos convenios mejoran estos derechos: revisa el tuyo.
Consulta también las guías de permiso de lactancia, excedencias y reducción de jornada.
Preguntas frecuentes
Sí, el Estatuto de los Trabajadores (art. 23.1) reconoce el derecho a ausentarse del trabajo el tiempo necesario para asistir a exámenes oficiales (universidad, FP, oposiciones, certificaciones profesionales). Es retribuido al 100 % y se cubre solo el tiempo estrictamente necesario para el examen más el desplazamiento razonable.