Situación de partida
Pedro, 52 años, autónomo con tienda de ropa en el centro de Valencia. Lleva 8 años cotizado en RETA (96 meses), siempre por la base media (entre 1.500 y 1.800 €/mes). En 2026, tras 2 años de pérdidas continuadas por la competencia online y los bajos márgenes, decide cerrar el negocio. Las pérdidas certificadas son del 15 % del ingreso anual, claramente superiores al 10 % mínimo exigido por la normativa.
Cálculo del cese de actividad
Duración
Con 8 años cotizados (96 meses), Pedro entra en el tramo máximo:
| Meses cotizados | Duración cese |
|---|---|
| 12-17 | 4 meses |
| 18-23 | 6 meses |
| 24-29 | 8 meses |
| 30-35 | 10 meses |
| 36-42 | 12 meses |
| 43-47 | 16 meses |
| 48+ meses | 24 meses |
Pedro tiene derecho a 24 meses de prestación (la máxima posible).
Base reguladora
La base reguladora del cese es la media de las bases cotizadas en los últimos 12 meses:
Base reguladora = (Base mes 1 + Base mes 2 + ... + Base mes 12) / 12
Asumiendo Pedro cotizaba por 1.500 €/mes (tramo 3):
Base reguladora = 1.500 €/mes
Cuantía mensual = 1.500 × 70 % = 1.050 €/mes brutos
Topes 2026
| Situación | Mínimo | Máximo |
|---|---|---|
| Sin hijos | 720 € | 1.575 € |
| Con 1 hijo | 905 € | 1.800 € |
| Con 2+ hijos | 1.030 € | 2.025 € |
Asumiendo Pedro sin hijos a cargo, 1.050 €/mes está dentro del rango. Cobra los 1.050 €/mes brutos.
Total cobrado
Total = 1.050 € × 24 meses = 25.200 € brutos
Cotización durante el cese
Durante los 24 meses del cese:
- La mutua cotiza al 50 % por Pedro (cuota especial).
- Pedro no paga cuota durante el cese.
- Sigue acumulando tiempo cotizado para la pensión de jubilación futura.
Pasos prácticos para Pedro
Antes de la baja
- Documentar las pérdidas: declaración del IRPF de los últimos 2 años + informe contable.
- Reunir justificantes de la causa (informe del gestor, balance pérdidas).
- Notificar a Hacienda y TGSS el cierre del negocio.
En los 3 días siguientes al cierre
- Dar de baja en RETA: modelo TA.0521 o en Importass.
- Dar de baja en Hacienda: modelo 036/037 (modificación o baja).
- Comunicar el cese a clientes y proveedores.
En los 15 días siguientes al mes natural del cese
- Solicitar el cese de actividad a la mutua (la misma que gestionaba sus bajas).
- Aportar documentación:
- DNI.
- Vida laboral actualizada.
- Baja en RETA (TA.0521 sellada).
- Baja en Hacienda (modelo 036/037).
- Justificación de pérdidas: declaración IRPF + informe contable.
- Datos bancarios (IBAN).
- Declaración jurada de búsqueda activa de empleo.
- La mutua resuelve en 30 días.
- Cobro mensual desde el día siguiente al cese.
Durante el cese (24 meses)
- Buscar empleo activamente (compromiso de actividad).
- Cobrar la prestación mensual de la mutua.
- Comunicar cualquier cambio (nuevo trabajo, alta en RETA, etc.).
- Asegurarse de que la mutua cotiza correctamente.
Tras los 24 meses
Pedro puede plantearse:
- Buscar trabajo por cuenta ajena y generar nuevos derechos al paro.
- Volver a darse de alta como autónomo con la tarifa plana (si han pasado 24 meses sin alta previa).
- Si cumple 52 años y agota el cese sin trabajo: subsidio de mayores de 52 años del SEPE (cumple por edad).
Subsidio de mayores de 52 años: opción tras el cese
Pedro tiene 52 años cumplidos al inicio del cese. Una opción atractiva tras los 24 meses sin trabajo es solicitar el subsidio de mayores de 52 años:
Requisitos
- Tener 52+ años.
- Estar en situación legal de desempleo.
- Carencia de rentas (no superar 75 % SMI de ingresos individuales).
- Haber cotizado 6 años a desempleo en toda la vida laboral.
- Cumplir requisitos para jubilación contributiva (excepto la edad).
Cuantía del subsidio
Cuantía = 80 % IPREM = 0,80 × 600 = 480 €/mes
Duración
Hasta la jubilación ordinaria (en su caso, hasta los 67 años en 2027): es decir, 13-14 años de cobertura.
Ventaja extra: cotiza al 100 % SMI
Durante el subsidio, el SEPE cotiza por Pedro al 100 % del SMI, lo que mejora significativamente su pensión futura de jubilación.
Cómputo total Pedro
| Periodo | Concepto | Total |
|---|---|---|
| Año 1-2 (cese de actividad) | 1.050 €/mes × 24 meses | 25.200 € |
| Año 3+ (subsidio mayores 52) | 480 €/mes × ~144 meses (hasta jubilación) | 69.120 € estimado |
| TOTAL hasta jubilación | - | ~94.320 € brutos |
Si además al cumplir 67 cobra pensión de jubilación contributiva sobre las bases cotizadas (incluyendo subsidio mayores 52), su pensión final puede ser de 1.100-1.300 €/mes.
Variaciones del caso
Si Pedro tuviera 40 años (sin subsidio mayores 52)
- Solo cese de actividad: 24 meses × 1.050 € = 25.200 €.
- Tras el cese, sin subsidios del SEPE (no hay subsidio para autónomos en general).
- Opciones: buscar trabajo, IMV (no contributivo), ayudas autonómicas.
Si Pedro cotizaba por base mínima
- Base reguladora = 950 €/mes.
- Cuantía = 950 × 70 % = 665 €, pero queda por debajo del mínimo (720 €) → cobra el mínimo legal.
- Total cese: 720 € × 24 meses = 17.280 €.
Si cierre por DANA u otra fuerza mayor
- Causa de fuerza mayor: tramitación rápida, sin requisitos adicionales.
- Cuantía y duración: idénticas a las del cese ordinario.
- Ayudas extraordinarias: del Estado y CCAA para los afectados (subvenciones a fondo perdido).
Alternativas a cerrar
Antes de cerrar definitivamente, Pedro podría haber valorado:
- Pedir baja temporal sin cierre (si las pérdidas son temporales).
- Negociar con clientes y proveedores plazos de pago.
- Solicitar microcrédito ICO para refinanciar.
- Reestructurar el negocio (cambiar epígrafe, transformación digital, etc.).
- Solicitar ayudas autonómicas al rescate de pymes.
Errores comunes que Pedro debe evitar
- Cerrar sin documentar la causa: rechazo del cese de actividad.
- No solicitar en plazo (15 días): pérdida de prestación.
- Asumir que tendrá derecho a paro del SEPE: el cese se gestiona en la mutua, no el SEPE.
- Olvidar tributar IRPF: la prestación es renta del trabajo y se declara en la renta.
- No verificar que la mutua cotiza: revisar vida laboral mensualmente.
- Subestimar el subsidio de mayores 52: muchos autónomos no saben que cumplen.
Conclusión
En este caso práctico, Pedro (52 años, 8 años autónomo, cierre por pérdidas):
- Cobra del cese de actividad: 1.050 €/mes × 24 meses = 25.200 € brutos.
- Mutua cotiza por él durante el cese (50 %).
- Tras los 24 meses: cumple requisitos para subsidio de mayores de 52 años (cumple por edad ≥52, carencia de rentas, 6+ años cotizados al paro).
- Subsidio mayores 52: 480 €/mes hasta los 67 años + cotización al 100 % SMI.
- Total acumulado hasta jubilación: ~94.300 € brutos.
- Pensión jubilación estimada: 1.100-1.300 €/mes vitalicia.
Para más casos prácticos consulta caso despido objetivo, caso ERTE parcial y el subsidio de mayores 52.
Preguntas frecuentes
Con 48+ meses cotizados, la duración máxima del cese es de 24 meses. La cuantía es el 70 % de la base reguladora de los últimos 12 meses. Para un autónomo cotizando por base media de 1.500 €/mes, la prestación es de aproximadamente 1.050 €/mes durante 24 meses = 25.200 € totales brutos.